El Supremo dicta sentencia de fecha 11 de marzo de 2020 por la que posibilita que autónomos y pymes puedan reclamar las cantidades indebidamente cobradas por la aplicación de cláusulas suelo.

Esta sentencia sienta jurisprudencia ya que en enero de 2019, falló de una forma similar en sentencia nº 57/2019, Rec. 3416/2016, de 25 de enero de 2019.

En la sentencia de marzo de 2020, da la razón al cliente, un autónomo, que había solicitado un préstamo al banco para la adquisición de una licencia municipal de auto-taxi de Madrid. Se trataba de un préstamo con garantía hipotecaria a interés variable, con una limitación a la variabilidad del tipo de interés (suelo) del 6,50%.

La demanda contra el banco para reclamar cláusulas suelo cobradas indebidamente

El cliente presentó demanda contra el banco, solicitando la declaración de nulidad de cláusula de limitación a la variabilidad del tipo de interés y que se condenara a la entidad prestamista a la devolución de las cantidades indebidamente cobradas por su aplicación.

El Tribunal Supremo, en la Sala Civil, acaba obligando a la entidad a devolver al cliente las cantidades pagadas de más por aplicación de la cláusula.

El banco a lo largo de todo el proceso alegó que el control de transparencia únicamente es procedente en los contratos celebrados con consumidores, cualidad que no tenía el prestatario, dada la finalidad empresarial del préstamo.

El tribunal supremo condenó a la entidad bancaria 

El TS considera que la cláusula litigiosa no supera el control de incorporación, porque al no haber cumplido el Banco las obligaciones administrativas de transparencia (no entregó la ficha FIPER), ni haber advertido específicamente el notario de la existencia de la cláusula suelo, los prestatarios no tuvieron oportunidad real de conocer que el préstamo estaba sujeto a una limitación de la variabilidad del tipo de interés.

En consecuencia, declaró la no incorporación de la cláusula litigiosa y condenó a la entidad prestamista a la devolución de las cantidades cobradas por su aplicación.

De esta manera, el Tribunal supremo abre la puerta así, a que autónomos y pymes puedan reclamar cláusula suelo así como las cantidades indebidamente cobradas por la aplicación de este tipo de cláusulas abusivas.

Juan Torrecilla

Juan Torrecilla, abogado de Auris Advocats

Especialidades:
Área Concursal
Área Mercantil
Procesal civil y mercantil