El martes 12 de julio, la Comisión Europea emitía una nota de prensa comunicando la aprobación del nuevo marco normativo llamado “Escudo de Privacidad”, que os habíamos comentado en anteriores entradas, y que permitirá la regulación de las transferencias internacionales de datos realizadas a entidades en Estados Unidos siempre que éstas cumplan con una serie de requisitos.

El “Privacy Shield” nace con la necesidad de dotar de seguridad jurídica las relaciones comerciales entre la UE y EEUU que implican transferencias de datos de carácter personal una vez anulado el pasado 6 de octubre de 2015 el acuerdo de “Puerto Seguro “(Safe Harbor).

Esta regulación afecta a muchas empresas españolas que, o bien transfieren datos personales a sus delegaciones o matrices en Estados Unidos, o utilizan servicios en la nube como Dropbox, Drive, MailChimp, etc. para su gestión empresarial.

Durante este período desde la anulación del “Puerto Seguro”, cuando se notificaba a la Agencia de Protección de Datos una transferencia de este tipo, la AEPD emitía un requerimiento a la empresa para justificar las garantías de esta transferencia.

Con este nuevo acuerdo, si las compañías estadounidenses se certifican, esta transferencia se considerará adecuada y ajustada a los requisitos establecidos.

¿Qué implicaciones tiene el “Privacy Shield”?

– Obligaciones más estrictas para las entidades que gestionan datos personales que incluyen revisiones periódicas por parte del departamento de comercio Norteamericano.

– Limitaciones a la actual “vigilancia indiscriminada” a los datos por parte de la Administración Estadounidense.

– Protección efectiva de los derechos de los ciudadanos europeos que podrán ejercer sus derechos y plantear recursos por diferentes vías.

El texto definitivo se publicará en breve en el Registro Federal (EEUU) para que las entidades estadounidenses que estén interesadas en adherirse puedan certificarse a partir del próximo 1 de agosto de 2016 ante el Departamento de Comercio Norteamericano .

Aquí puedes descargarte la nota de prensa de la Comisión Europea http://europa.eu/rapid/press-release_IP-16-2461_es.htm

 


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