El derecho al olvido en Internet es uno de los mecanismos introducidos por el RGPD, con el fin de proporcionar una mayor protección y control a los ciudadanos sobre sus datos personales.
Este derecho facilita al interesado la posibilidad de requerir que sus datos personales “desaparezcan” o “no dejen rastro en la red”.
Es decir, podemos solicitar que eliminen nuestra información personal de Internet cuando atente contra nuestro derecho al honor, a la intimidad o a la propia imagen. Y también cuando se trata de información obsoleta que ya no tiene sentido que se siga teniendo acceso a ella.
Los pasos a seguir para ejercitar el derecho al olvido en Internet
1.- Analizar el tipo de información que queremos eliminar. Será distinto como plantear el derecho al olvido en función de la información que queramos que desaparezca. Si se trata por ejemplo de noticias en medios digitales deberemos dirigirnos en primera instancia a la fuente o medio digital alegando nuestro derecho y pidiendo que eliminen la información por ser obsoleta. Si por el contrario queremos que desaparezcan enlaces a medios públicos (por ejemplo, multas publicadas en Diarios Oficiales como el BOE) deberemos ir directamente al buscador (por ejemplo, Google).
2.- Dirigir una solicitud a las fuentes y/o buscadores, fundamentando el porqué tenemos derecho al olvido en función de la información que queramos eliminar. En muchas ocasiones se dirigirá a ambos, para multiplicar las opciones de éxito.
3.- El receptor, ya sea el buscador o las fuentes, deberá contestar en el plazo de un mes. Si nos confirman la eliminación deberemos comprobar que efectivamente ésta se produce (desde la eliminación pueden pasar varios días hasta que el buscador lo elimina del todo).
4.- En caso de que nos denieguen el derecho al olvido deberemos analizar los motivos que alegan. Si es la fuente la que deniega el borrado (por ejemplo, amparándose en el derecho a la información), podremos insistir en nuestro derecho alegando lo que convenga en el supuesto concreto. En muchas ocasiones, si se trata de información en medios digitales, alegaremos que se trata de información obsoleta.
5.- En caso de que el medio o medio/s vuelvan a negarnos el derecho, podremos acudir al Juzgado solicitando el amparo judicial. Se podrá hacer en el Juzgado de nuestro domicilio. EL Juez llama a las partes afectadas y tras un proceso judicial se decidirá si efectivamente tenemos derecho al olvido en Internet. Contra la Sentencia se podrá recurrir en segunda instancia.
A tener en cuenta
En la práctica, los medios de comunicación son reacios a eliminar la información amparándose en su derecho a la información, pero el argumento de que la información es obsoleta suele ser muy bien acogido por los Jueces y Tribunales y la eliminación de la información se acaba produciendo en una gran mayoría de casos.
Abogado – Socio de Auris Advocats
DPO-Especializado en Protección de Datos y adaptación al nuevo RGPD