El pasado lunes 25 de febrero de 2019 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) celebró la Vista oral inicial correspondiente al análisis del índice IRPH y su consideración o no como abusivo. Si resultase abusivo, podríamos iniciar un proceso para reclamar el IRPH.
En esta primera vista, en la que intervinieron los letrados de múltiples Entidades Financieras, de los consumidores, la Abogada del Estado Español, del Reino Unido, el Abogado General de la UE y de la Comisión Europea, se pusieron sobre la mesa los argumentos en los que debe basarse el Tribunal para la decisión definitiva del asunto.
¿En otoño de 2019 sabremos si se podrá reclamar el IRPH?
Aun así, tendremos que esperar a otoño de 2019 para tener una resolución judicial definitiva y firme sobre si el IRPH es o no abusivo y si deben o no devolverse los intereses cobrados en exceso.
Primero, el Abogado General de la UE elaborará un informe acerca de su opinión sobre si existe o no abuso en el uso del IRPH por los bancos españoles, que se conocerá el próximo 24 de junio de 2019, decisión que puede influir en la sentencia que dicte el TJUE en otoño de este año 2019, ya que en la gran mayoría de casos el TJUE sigue la línea marcada por el Abogado General, aun cuando su opinión no es vinculante.
Después, se abrirá un periodo de tiempo incierto en el que el Tribunal analizará dichas conclusiones y los argumentos manifestados para emitir una decisión definitiva, algo que, como decimos, no se espera hasta finales de este año 2019.
Les mantendremos informados ante cualquier novedad acerca del IRPH.
El equipo de Auris Advocats