Todos sabemos lo que es la nómina, y solemos disfrutarla cuando llega a nuestra cuenta a final de mes. Pero como “nómina” también entendemos el documento que nos entrega la empresa donde se indican todos los conceptos que influyen en el importe que realmente estamos cobrando. Son muy pocas las personas que saben interpretarla correctamente y que la entienden a simple vista, porque incluye muchos conceptos sumamente técnicos que las personas que no se dedican a gestión laboral o contabilidad raramente conocen.

¿Qué es la nómina?

La nómina es un documento de carácter obligatorio que expide la empresa al trabajador y en el cuál aparecen reflejadas las cantidades que influyen en el sueldo neto que percibe el trabajador.

Vamos a ver qué los apartados en los que se divide una nómina a efectos de que podamos entenderla, revisando cada punto con ejemplos para ver cómo se calcula cada una de las partidas y qué es lo que obtenemos al final.

Datos de encabezado

En este primero apartado tenemos los datos de las partes contratantes:

  • Empresa: Por un lado, denominación social de la empresa, domicilio social, número de identificación fiscal (NIF), código de cotización de la seguridad social, periodo de liquidación (el periodo por el que se abona la nómina), y centro de trabajo.
  • Trabajador: También aparecen los datos del trabajador: nombre, DNI, número de afiliación a la seguridad social, categoría o grupo profesionales, fecha de antigüedad en la empresa y código del tipo de contrato.

Son los datos mínimos que deben aparecer en la nómina a efectos de identificar a las partes. Podrían aparecer otros en función del caso.

Devengos

En segundo lugar, siempre saldrán los devengos. Estos hacen referencia a los ingresos, es decir, aquellas cantidades que recibe el empleado. Puede haber devengos salariales, extra salariales y en especie

Los devengos salariales son las cantidades que percibe el trabajador como retribución a su trabajo, mientras que los devengos extra salariales son los conceptos indemnizatorios como por ejemplo dietas, kilometraje, indemnizaciones .Por otra parte están los devengos en especie, bienes y servicios que el trabajador  recibe para su disfrute, estos productos en especie no pueden superar el 30% de las percepciones salariales y muchos de ellos cuentan con unas especiales reglas de fiscalidad en cuanto exenciones en su tributación.

Los devengos salariales pueden dividirse en distintos conceptos:

Salario base , pagas extraodinarias y otros conceptos salariales establecidos en el convenio colectivo de aplicación. En relación a las pagas extras, que están reconocidas en el convenio colectivo pueden cobrarse en el momento de su vencimiento o prorrateadas entre los doce meses del año.

Complementos salariales no establecidos en el convenio colectivo de aplicación y mejoran la retribución global establecida en el convenio colectivo de aplicación

Esta retribución se puede establecer en función de circunstancias relativas a cada trabajador: responsabilidades, conocimientos, idiomas, trabajo desempeñado, resultados en el beneficio de la empresa, etc. y se puede pactar en cualquier momento de la relación laboral

Horas extraordinarias

Esta partida corresponde a las horas desempeñadas por encima de la jornada legal ordinaria fijada en el convenio colectivo de aplicación.

Devengos no salariales

Los devengos no salariales también tienen una división:

  • Indemnizaciones o suplidos.
  • Prestaciones o indemnizaciones de la Seguridad Social.

Deducciones en la nómina

Si los devengos es la parte de la nómina que suma, las deducciones son aquellos apartados que restan.

Retención de IRPF

El tipo de retención se establece en función de unos rendimientos brutos obtenidos y de la situación personal de cada trabajador y es  lo que pagamos a cuenta de nuestra declaración de la Renta (IRPF), el empleado ha de tener en cuenta que lo que se pague a través de esta deducción ya no se pagará cuando realicemos la Declaración de la Renta del año en curso.

Deducciones a la Seguridad Social

Es la cantidad que aporta el trabajador a la Seguridad Social, y se divide en los siguientes conceptos:

  • Contingencias comunes. Se calcula con el 4,7% de los devengos salariales menos las horas extraordinarias (que computarán aparte).
  • Desempleo. Esta cantidad es diferente para los trabajadores con contrato general (1,55%), con contrato de duración determinada a tiempo completo (1,60%) o con contrato de duración determinada a tiempo parcial (1,60%).
  • Formación profesional. De nuevo sobre la misma cantidad mencionada anteriormente, será del 0,1%.

Líquido a percibir o sueldo neto

El sueldo neto o “líquido a percibir” es el importe que se ingresará en la cuenta corriente.

El cálculo es sencillo: LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR = TOTAL DEVENGADO – TOTAL DEDUCCIONES