Después de meses o incluso años de impulsar un proyecto empresarial, te has dado cuenta de que un tercero ha registrado vuestra marca. O, la que es peor, el tercero te ha ofrecido venderte el registro de (tu) marca, bajo la implícita amenaza de que, en caso de no llegar a un acuerdo, te impedirá seguir usándola. Idealmente tirarías atrás en el tiempo y registrarías tu marca, pero desgraciadamente, eso ya no es una opción.
Entonces, ¿Podemos hacer algo para no tener que renunciar a nuestra marca? Sigue leyendo para ver qué soluciones existen.
En principio, los derechos marcarios, a diferencia de los derechos de autor, no se obtienen por el uso de la marca, sino por su registro. Por lo tanto, si este tercero ha registrado tu marca, se genera la presunción de que es el legítimo titular de esta. Sin embargo, existen formas de desvirtuar esta presunción. Veamos:
- Marca renombrada.
En caso de que tu marca, a pesar de no estar registrada, sea “notoriamente conocida”, el registro de la marca del tercero se podrá anular, por aplicación de los artículos 6.2.d) y 52 de la Ley de Marcas.
Aunque la ley no la defina explícitamente, a los efectos de este artículo podemos decir que una marca renombrada es aquella que es conocida por una parte significativa del público interesado en los productos o servicios a los que va destinada. Sin embargo, el criterio para considerar una marca como renombrada es muy exigente, por lo que es muy improbable que tu marca sea realmente una marca renombrada.
- Registro de mala fe.
Si el tercero ha solicitado el registro de la marca de mala fe, entonces su registro puede declararse nulo, tal y como determina el artículo 51 de la Ley de Marcas. Aunque tampoco hay una lista cerrada de motivos por los que se considera que un registro se ha hecho de mala fe, se puede apreciar mala fe cuando, entre otros motivos, el tercero sabía que estábamos usando esa marca en el mercado, o si el registro se ha hecho no para utilizar esa marca, sino para impedir que le siguiéramos dando uso.
- Acreditando un uso previo
Asimismo, también se puede anular un registro marcario si podemos demostrar que hemos utilizado el signo que se pretende registrar con anterioridad a la fecha de la solicitud del tercero. Es decir, debemos demostrar que hemos utilizado este signoen todo el territorio nacional para identificarnos en el tráfico económico, tal y como resulta de la lectura de los artículos 9.1.d) y 52 de la Ley de Marcas.
Sin embargo, estas dos últimas opciones nos supondrán un coste y, además, su éxito será incierto, pues dependerá en gran medida de la facilidad que tengamos para demostrar que los hechos que fundamentan la acción de nulidad realmente son ciertos.
AYUDAS A LOS REGISTROS DE MARCA
Para evitar verte envuelto en una situación como esta, lo mejor que puedes hacer es registrar tu marca cuanto antes. Además, la Unión Europea acaba de lanzar un programa de ayudas para Pymes con el que se les reembolsará parcialmente las tasas de solicitud de marcas, con un importe máximo de 1.000€, lo que reduce sustancialmente el coste de la solicitud. Los fondos son limitados y están disponibles por orden de llegada de las solicitudes.
Si tu reputación y tu marca tienen un valor para ti, protégelas hoy para no tener que defenderlas mañana. Desde Auris Advocats podemos ayudarte tanto con el procedimiento de registro de la marca como con la solicitud de la ayuda.
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Puedo registrar una marca de un negocio que está funcionando desde hace años pero que no tiene registrada su marca?
Buenos días Romero,
Sí, podrías registrar esa marca si cumple con los requisitos para el registro y no ha sido previamente registrada, pero ten en cuenta que si se demuestra que la has registrado de mala fe te la podrían anular.
Un saludo,
Uno de mis «socios» ha registrado nuestra marca a mala fe, tengo conversaciones de WhatsApp en las que se delata solo, ¿que hago?
Buenos días Alejandro,
Te hemos enviado un correo electrónico pidiéndote más detalles del caso para poder ayudarte a resolver este asunto.
Un saludo
Buenas noches, necesito ayuda, la competencia registro mi nombre en industria y comercio y no me di cuenta que pedo hacer?
Muchas gracias
Hola Andrea,
Gracias por tu mensaje. Si la competencia ha registrado tu nombre en industria y comercio y consideras que tienes derechos previos sobre él, es posible iniciar acciones legales o administrativas para reclamarlo, dependiendo de las circunstancias y de la normativa aplicable en tu caso.
Para poder ayudarte de manera personalizada, te invitamos a contactarnos directamente. Puedes llamarnos al 937426040 o facilitarnos un número de contacto para que podamos ponernos en comunicación contigo.
Quedamos a tu disposición para resolver esta situación.
Un saludo,
Si el hijo de uno de los comuneros registra el nombre y no trabaja en ella que se puede hacer
El registro se ha hecho de mala fé ya que se trata de una empresa familiar con más de 50 años de antigüedad
Hola Miguel,
Gracias por tu consulta. En casos como el que describes, donde parece que el registro del nombre de la empresa podría haberse realizado de mala fe, es posible iniciar acciones legales para reclamar tus derechos, especialmente si se trata de una marca o un nombre comercial con más de 50 años de uso familiar.
Te invitamos a que contactes con nosotros directamente para poder analizar en detalle tu situación y ofrecerte el asesoramiento adecuado. Puedes llamarnos al 937426040 o facilitarnos un número de contacto para que podamos ponernos en comunicación contigo.
Un saludo,
tengo una marca y al querer registrarla me he dado cuenta que el nombre ya estaba registrado por otra empresa, que puedo hacer?
Hola Fran,
Gracias por su comentario. Eso dependerá mucho de las circunstancias de cada caso concreto. Le hemos enviado un mensaje para poder reunirnos sin compromiso y analizar sus opciones.
Un saludo
Hola , llevo cinco años con mi marca y tras intentar registrarla, una empresa con un nombre de marca algo similar a la mía me está exigiendo eliminar mi marca . El nombre de dicha empresa es muy genérico y no se dedican exactamente a lo mismo que yo, puedo hacer algo para no tener que cambiar toda mi imagen corporativa ?
Gracias
Hola Jon,
Gracias por tu consulta. Entendemos lo preocupante que puede ser esta situación, especialmente si llevas años trabajando con tu marca y construyendo una identidad corporativa.
En casos como el tuyo, hay varios aspectos importantes a considerar:
Análisis de similitud y sector de actividad: Aunque los nombres puedan parecer similares, el hecho de que ambas marcas no se dediquen exactamente a lo mismo puede jugar a tu favor. Es fundamental analizar si existe un riesgo real de confusión entre ambas marcas y si las actividades de tu empresa y la otra están en sectores suficientemente diferenciados.
Uso previo de la marca: Si puedes demostrar que llevas cinco años utilizando tu marca de manera pública y continua, esto puede ayudarte a reforzar tu posición. La prueba de uso previo puede ser un argumento clave para defender tu derecho a continuar utilizándola.
Oposición o reclamación: Si la otra empresa está exigiendo que elimines tu marca sin una base legal sólida, es importante evaluar si realmente tienen derecho a hacer esta reclamación. A menudo, estas situaciones se pueden resolver sin necesidad de cambiar toda tu imagen corporativa.
Te recomendamos encarecidamente que consultes con un abogado especializado en propiedad intelectual para analizar a fondo el caso y preparar una estrategia adecuada. Podría ser necesario presentar una defensa ante la reclamación.
No dudes en llamarnos si deseas una asesoría sobre esta cuestión. Nuestro teléfono es el 93 742 60 40.
Saludos
Hola, una persona registró una marca, con la que no me opongo. Mi sorpresa es que veo mi logo y fue a mala fé porque yo no lo había registrado pues se adelantó. Entiendo que puedo demostrar que lo hice yo y además me lo cojió de mi página web de faceboock ,consciente de ello. Tengo hasta los ficheros donde aparece la fecha cuando lo hice.
¿Puedo reclamar? Gracias.
Hola cesar,
Gracias por tu consulta. Según lo que describes, parece que podrías estar ante un caso de registro de marca de mala fe, especialmente si puedes demostrar que el logo es de tu creación y que esta persona lo tomó de tu página de Facebook.
Tener pruebas como los archivos originales con sus fechas de creación es un punto muy importante para demostrar tu autoría. También es relevante cualquier evidencia de que el logo estaba públicamente asociado a ti o a tu actividad antes de que esta persona lo registrara como marca.
En estos casos, puedes:
Iniciar un procedimiento de nulidad del registro de la marca ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) o el organismo competente, alegando mala fe por parte de quien la registró.
Aportar pruebas documentales que respalden tu reclamación, como los ficheros originales, capturas de pantalla, publicaciones en redes sociales o cualquier otro documento que acredite tu uso previo del logo.
Considerar acciones legales si el uso del logo registrado está causando un perjuicio directo a tu actividad.
Dado que se trata de un proceso técnico y sensible, te recomendamos que te pongas en manos de un abogado experto en propiedad intelectual para valorar la viabilidad de tu reclamación y guiarte en los pasos necesarios.
Si lo deseas, en Auris Advocats podemos ayudarte a analizar tu caso y a proteger tus derechos. No dudes en contactarnos para una consulta más detallada. Puedes llamarnos al 93 742 60 40, tenemos un departamento de Propiedad Intelectual con profesionales especializados en este tipo de cuestiones.
Saludos