¿Compraste una vivienda antes de 2019 y pagaste gastos de gestoría, registro y notaría?
A pesar de que las voces más pesimistas – o interesadas en su caso – señalaban que el plazo para reclamar estos gastos expiraba el 24 de enero de este año, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha determinado en su reciente sentencia – publicada un día después de esta fecha – que aún es posible realizar la reclamación.
Esto significa que podrías recuperar una suma significativa que, dependiendo del importe de tu préstamo hipotecario, puede oscilar entre los 1.000 y los 2.000 euros, a lo que habrá que añadir los intereses legales acumulados desde el pago de cada una de estas facturas.
¿Qué gastos son reembolsables?
Actualmente, puedes reclamar el 50% de los gastos de notaría y el 100% de los de registro, tasación y gestoría relacionados con la constitución o novación de tu hipoteca.
El reparto de gastos entre bancos y clientes se estableció en la sentencia del Tribunal Supremo el 23 de enero de 2019, y se incorporó en la Ley 5/2019 de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. Sin embargo, solo quienes compraron su vivienda antes de la entrada en vigor de esta ley pueden reclamar, ya que la mayoría de hipotecas firmadas posteriormente ya se ajustan a los nuevos criterios.
¿Qué tengo que hacer?
Para iniciar este proceso, deberás presentar una reclamación previa al banco con quien firmaste el préstamo, teniendo a mano toda la documentación relevante, incluyendo la escritura del préstamo hipotecario y las facturas pertinentes.
Es recomendable enviar esta reclamación de forma fehaciente, ya sea mediante correo electrónico – con acuse de recibo – al servicio de atención al cliente del banco o con burofax postal, asegurando así la constancia de la fecha de la reclamación.
No obstante, la estrategia de la mayoría de los bancos es la de desatender o responder negativamente a estas reclamaciones obligando al consumidor a judicializar la reclamación, lo que hace que la mayoría desistan.
Desde Auris te animamos a actuar y recuperar lo que te pertenece por derecho. La doctrina del Tribunal Supremo es pacífica y la gran mayoría de juzgados imponen las costas a la entidad bancaria – aún con estimaciones parciales-.
¿Qué plazo tengo?
En cuanto al plazo definitivo para reclamar, este sigue abierto a la espera de que el TJUE especifique – de una vez por todas – el dies a quo en una futura resolución.
De momento, se ha limitado a señalar que el plazo para reclamar no debe empezar a contar hasta que los consumidores tengan conocimiento efectivo del carácter abusivo de la cláusula.
La interpretación más optimista para el consumidor indica que este carácter abusivo no puede ser efectivamente conocido hasta que sea declarado judicialmente, lo que necesariamente va a suceder con la misma sentencia que ordene la restitución de los gastos.
En Auris podemos ayudarte a recuperar estos gastos. Realizaremos un estudio previo de las escrituras y te plantearemos la viabilidad de la reclamación sin que esto te suponga ningún coste.
Hola buenas tardes,
Tengo dos contratos hipotecarios, su constitución y dos novaciones.de antes de 2019.
Tengo gastos acreditados (el recibo que me cobró el banco) pero no así todas las facturas quiero saber si es reclamable igualmente, así como los gastos de las novaciones ya que entiendo hay sentencias recientes que las.avalan,
Slaudos
Buenos días Tomás.
Los gastos a reclamar deben ser acreditables. Lo ideal es contar con las facturas, pero puede valer, por ejemplo, con la hoja de liquidación de la gestoría.
En cuanto a los gastos de novación, estos son reclamables en tanto que la entidad financiera va a ver ampliada igualmente la garantía hipotecaria establecida en su favor. Por lo tanto, hay que considerar que tiene un claro interés en la generación de los gastos hipotecarios de la misma manera que ocurre con las escrituras de constitución.
Para más información, estamos a tu disposición.
Saludos.
bertogeminis.amg@gmail.com
Mi banco me dice que tengo que hacer un escrito.pero no me Dan ningún formulario. Que tengo que hacer gracias.
Hola Alberto,
Gracias por tu consulta.
Para presentar tu reclamación, es necesario que redactes un escrito formal tú mismo. En este documento debes incluir la siguiente información:
Datos Personales: Tu nombre completo, dirección, teléfono y correo electrónico.
Detalles de la Hipoteca: Número de préstamo y fecha de firma del contrato hipotecario.
Motivo de la Reclamación: Explica que solicitas la devolución de los gastos de notaría, registro, tasación y gestoría, conforme a las sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Importes Reclamados: Detalla los importes específicos de cada gasto.
Documentación Adjunta: Incluye copias de las facturas correspondientes y la hoja de liquidación de la gestoría si no tienes todas las facturas.
Plazo de Respuesta: Solicita una respuesta en un plazo máximo de 30 días.
Recuerda enviar este escrito por un medio que te permita tener constancia de su recepción, como burofax con acuse de recibo o correo electrónico con confirmación de lectura.
Si no estás seguro de cómo redactar el escrito o necesitas ayuda, estamos aquí para asistirte. Puedes solicitar una cita con nosotros y te proporcionaremos el apoyo necesario para que tu reclamación sea efectiva.
Un saludo
Buenos días el banco me devuelve solo la mitad de la gestora no se si me corresponde el 100% y la tasación no se si también me la tienen que de devol er imtegra ?Y no se si me tienen que devolver algo más?
Hola Belen,
Gracias por tu consulta. Según las sentencias del Tribunal Supremo y del TJUE, los consumidores tienen derecho a recuperar el 100% de los gastos de registro y gestoría, y el 50% de los gastos de notaría. Aunque estas directrices son comunes, cada caso puede presentar particularidades. Si tienes dudas, o tu banco te pone impedimentos, te recomendamos que pongas tu caso en manos de un asesor especializado en derecho bancario. Estamos aquí para ayudarte si lo necesitas. No dudes en llamarnos y pedir una consultoría (que puede ser online para mayor comodidad).
Un saludo
Tengo una hipoteca de Caja Duero de 1994, se puede reclamar?
Buenas tardes Sylvia. Sí, puedes reclamar los gastos y los intereses devengados desde la fecha de las facturas.
Tengo hipoteca del 2008 y en ella se menciona que los gastos de notario y tasación son de mi parte. ¿Podría reclamarlos?
Hola José Maunuel,
Aunque tu hipoteca del 2008 menciona que los gastos de notario y tasación son a tu cargo, es importante considerar la jurisprudencia reciente y las decisiones judiciales en materia de cláusulas abusivas en contratos hipotecarios.
En los últimos años, tanto el Tribunal Supremo español como el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) han dictaminado que ciertas cláusulas que imponen todos los gastos al prestatario pueden ser consideradas abusivas. Esto abre la posibilidad de reclamar la devolución de una parte de esos gastos, incluso si el contrato original establecía lo contrario.
Te recomendaría que revises tu contrato hipotecario con un abogado especializado en derecho hipotecario y de consumo. Un profesional podrá analizar tu caso específico y determinar la viabilidad de tu reclamación, así como guiarte en el proceso para recuperar los gastos que puedan ser considerados abusivos.
buenas tardes si me podrian informar sofre la reclamacion de gastos ipotecarios soi de hospitalet de llobregat barcelona y lo que me costaria llo tengo los recibos en la escritura algunos porque vendi un piso y conpre otro y no me acuerdo bien donde firmemos compremos en el 2006
Buenos días José Andrés,
Los gastos de compraventa no son reclamables. Únicamente los de constitución del préstame hipotecario y, en su caso, los de subrogación o novación.
Puedes llamarnos al despacho y valoraremos la viabilidad de tu caso.
Saludos.
Cuanto me tienen que devolver de intereses de una hipoteca de mi vivienda comprada el 2017 de 60.000 %z,,?
Hola José Luis,
Gracias por tu consulta. Te recomendamos que solicites una visita de asesoría con un abogado especializado en derecho bancario, para que pueda revisar tu caso e informarte de los detalles con toda precisión. Es importante evaluar correctamente la documentación.
Un saludo
Buenas tardes, tengo las facturas de una compraventa, subrogación y novación de una vivienda con la entidad Bankia. Se detallan los gastos de gestoría, notaría, registro y también la liquidación I.T.P. y A.J.D., que es el gasto mayor. Se puede solicitar la devolución de este último gasto ?
Buenas tardes Marta, lastimosamente la jurisprudencia es muy clara en este aspecto. Tanto el ITP como los AJD corresponden al consumidor.
Hola, buenas tardes, si el banco donde constituí la hipoteca ya no existe , donde lo reclamo?
Si el banco donde constituiste la hipoteca ya no existe, deberás dirigir tu reclamación a la entidad que haya asumido los activos y pasivos del banco original. En muchos casos, cuando un banco desaparece, sus obligaciones son asumidas por otro banco mediante un proceso de fusión, adquisición o reestructuración.
Para determinar a qué entidad dirigirte, puedes seguir estos pasos:
Consultar Documentación: Revisa cualquier documentación reciente que hayas recibido sobre tu hipoteca. Es posible que en alguna comunicación se mencione la entidad que ahora gestiona tu préstamo.
Banco de España: Puedes contactar con el Banco de España o visitar su sitio web. Ellos pueden proporcionarte información sobre la entidad que ha asumido las obligaciones del banco original.
Si no logras encontrar la información por tu cuenta, te recomendaría que consultes con un abogado especializado en derecho hipotecario. Un profesional puede ayudarte a identificar la entidad responsable y guiarte en el proceso de reclamación.
Los gastos de la escritura de cancelación del préstamo hipotecario y demás relacionados, entiendo que también ¿son por cuenta de la entidad financiera?.
Buenos días Antonio,
Los gastos de cancelación son a cargo del consumidor, en tanto que es este y no el banco, el principal interesado en escriturar e inscribir registralmente la cancelación del crédito.
Se pueden reclamar gastos de escrituras hipotecarias celebradas o canceladas en el año 2000 ?.
Hola Antonio. Sí, se pueden reclamar.
Hola, tengo una hipoteca del año1999 y me cumple en mayo de éste año, tengo el recibo de todos los gastos de notaría, registro y gestoría en un pago único del BBV, que oscila en 967.000 pesetas, tengo derecho a reclamar y cuanto me cuesta llevarlo por un abogado de gracias.
Buenas tardes Francisco. Puedes reclamar incluso habiendo cancelado la hipoteca o vendido la finca. Puedes enviarnos un correo a admin@auris.legal. Estudiaremos tu caso y te haremos una propuesta de honorarios.
He reclamado gastos hipotecarios a CaixaBank con facturas y todo correcto y me contestan que como la cancele en 2006 no me corresponde la devolución porque hace más de 10 años y segun el artículo 121-20 del código civil de Cataluña a prescrito.
Pero si la fecha que el tribunal supremo lo sentenció fue en el 2019 no podía hacerlo antes de 10 años
Buenas tardes Carmen,
Lo que comentas es un despropósito en todos los sentidos. No afecta en nada que hayas cancelado o no la hipoteca y tampoco ha transcurrido el plazo para reclamar. El TJUE tal y como intuíamos en nuestro artículo, ha declarado que el plazo para reclamar a los bancos los gastos hipotecarios comienza a correr una vez que un juez declara abusiva, y por tanto nula, la cláusula que impone todos los gastos hipotecarios al cliente independientemente del año en que se firmara el préstamo.
Mis padres tuvieron varias hipotecas ya cancelas constituídas para compra de camiones, no para compra de vivienda. Serían reclamables?
Hola Beatriz, es indiferente que la hipoteca esté cancelada. En cuanto a su destino para la compra de camiones, habría que examinar el préstamo para determinar si el contrato hipotecario es análogo al de un consumidor o bien actuaban como empresarios.
Hola,
He hecho la reclamación directamente a CaixaBank y desestiman porque segun ellos, las cantidades reclamadas derivan del otorgamiento de una escritura de compraventa/subrogación.
Llevan razón?
Gracias y un saludo
Buenos días Pepe,
Tienen razón con la escritura de compraventa. En lo que refiere a la escritura de subrogación, habría que valorar si ésta incluye algún tipo de modificación o novación del préstamo hipotecario. En caso contrario, tampoco es reclamable.
Tengo una hipoteca del año 1999 ya pagada y me gustaría saber si se puede reclamar. Así mismo si ustedes me lo gestionan, la documentación a aportar y el coste que tendría la gestión. Gracias,
Buenos días Miguel Ángel. Sí, podemos reclamar. Necesitamos las facturas de Notaría, Registro de la Propiedad, Tasación y Gestoría y la escritura de constitución del préstamo hipotecario. Si nos envías la documentación al correo admin@auris.legal examinaremos tu caso y te haremos una propuesta de honorarios sin compromiso.
Buenos días,
Quisiera saber si las hipotecas firmadas en 1994 son susceptibles de reclamación.
Muchas gracias.
Buenas tardes Nuria,
Sí se pueden reclamar los gastos y también los intereses desde su abono.
Tengo una constitución de hipoteca del año 1997 de una casa después fué ampliada para la compra de un apartamento podría tener viabilidad y que me devolvieran. Y en su caso cuanto me llevarían y cuanto cobraría.decir que estoy divorciada puedo hacerlo igualmente mi 50 % gracias
Buenas tardes Martin. Ambos gastos de constitución son reclamables. Cualquiera de los titulares del préstamo puede pedir la restitución de las cantidades injustamente abonadas. Es decir, tanto tu como tu exmujer podéis reclamar el 100% de las facturas (sólo una vez, obviamente).
Buenos días , acabo de conocer que me hipoteca tiene clausulas abusivas , cual es el plazo maximo que tengo para reclamar estos gastos ,porque no lo tengo claro , me gustaria me informaran.
Muchas gracias , espero su respuesta
La declaración de nulidad de la cláusula es imprescriptible. En cuanto al plazo para solicitar la restitución de las cantidades injustamente abonadas, de acuerdo con la reciente sentencia del TJUE, no debería empezar a correr hasta que el consumidor es conocedor de la abusividad de la cláusula. Este conocimiento sólo puede ser acreditado con la propia declaración de nulidad. Es decir, el consumidor podrá reclamar en cualquier momento.
Hola, mi hipoteca es del 2007, solo conservo la escritura de compra-venta y algunos extractos bancarios, no tengo facturas de nada. He llamado a la notaria pero me dicen que no conservan facturas, y desconozco la gestoria que nos llevo el caso porque la puso La Caixa. Les he consultado por si podían darme el nombre de la gestoria pero obviamente «no encuentran nada». Se puede reclamar sin tener facturas? Podrían llevarme el caso?
Muchas gracias!!!!
Buenos días David. En tu caso, deberías, al menos, recuperar la escritura de constitución del préstamo hipotecario, solicitándola en el mismo notario que escrituró la compraventa. En el mejor de los casos, puede ser que al final de las escrituras estén anexadas las facturas o la hoja de liquidación de la gestoría.
Hola,
Tengo entendido que mañana se acaba el plazo para reclamar. Tengo una hipoteca ya pagada al Banco Pastor, que ya no existe, pero lo absorbió el Banco Popular, que, a su vez, ha sido absorbido por Banco Santander.
Tengo la escritura de hipoteca, pero no encuentro las facturas. Como la cuenta está ya cancelada (aunque tengo recibos bancarios en los que consta el número de cuenta), ni siquiera puedo pedir extracto de movimientos de la cuenta para demostrar que pagué esas facturas.
Entiendo que tengo que reclamar los gastos de constitución de hipoteca a Banco Santander, pero ¿merece la pena? ¿me contestarán que no me devuelven porque el Banco Pastor ya no existe?
Más preguntas: ¿puedo presentar antes de mañana la reclamación adjuntando la escritura de hipoteca y después, si tengo las facturas, subsanar esa presentación?
Saludos,
Buenos días Sonia,
Reiteramos que, según nuestro criterio y leal entender, no compartimos esas voces pesimistas acerca del dies a quo de la prescripción de la acción de restitución.
Dicho esto, puedes reclamar al banco sin las facturas, e incluso sin liquidar los importes de la reclamación, y esta reclamación previa ya interrumpiría la prescripción.
En cuanto al tema del Banco Pastor y Banco Santander, el segundo se subrogó en la posición de prestamista cuando adquirió al primero. Es probable que te desestimen la reclamación alegando prescripción u otros argumentos jurídicos, pero no por haber firmado la hipoteca con Banco Pastor.
Buenos días,
Al reclamar los Gastos de Gestión si en la factura se hace referencia de forma diferenciada tanto a la hipoteca como a la compraventa solo tenemos derecho a reclamar la mitad del importe de esa factura de gastos de gestión ?.
Gracias
Buenas tardes Nerea, en caso que la gestoría no desglose los importes correspondientes a cada gestión, lo habitual es, ciertamente, dividirlos por mitad.
Hola, buenos días.
Puedo reclamar los gastos de comisión de apertura?
He leído que se considera abusiva si es mayor que el 1,5% y en mi caso es del 1,49%.
Y perdone otra pregunta.
Tengo dos facturas de NOTARIO, una con concepto de Préstamo hipotecario y otro concepto de Compraventa en el que se incluyen, en ambas, gastos de Transmisiones patrimoniales e inscripción en registro. Puedo reclamar alguno de estos gastos?
A parte tengo la del Registro de la propiedad, que reclamaré.
Muchas gracias por su tiempo.
Muy amable.
Un saludo.
Estela
Buenas tardes Estela, es altamente improbable que en la factura del notario te liquiden los gastos del Registro de la Propiedad y los impuestos. Lo normal es que se trate de las facturas (o la hoja de liquidación) de la gestoría donde desglosan la provisión de fondos empleada para el pago de notario, registro e impuestos. Sólo puedes reclamar los gastos del préstamo hipotecario, siendo a tu cargo los de la compraventa.
En lo que refiere a la comisión de apertura, no es objeto de este artículo y su tratamiento merece un enfoque específico que abordaremos en próximas publicaciones. Simplemente avanzarte que la jurisprudencia no está tan consolidada como en el caso de los gastos hipotecarios. Son varios los fallos en contra del consumidor y cada caso merece un estudio específico.
Hola,
La Caixa me acaba de contestar a la reclamación de gastos que solicité a través de un correo electrónico creado para eso:
«Resolución de la reclamación
En este caso, hemos podido constatar que las cantidades reclamadas derivan del otorgamiento de una escritura de compraventa/subrogación y que, por lo tanto, no se incluyen en el ámbito objetivo de la jurisprudencia del TS de 23 de enero de 2019, que se refiere a gastos de constitución de hipoteca.
Por este motivo, le informamos que debemos desestimar su reclamación».
Y me dan la opción de reclamar al Banco de España:
«¿Qué puedo hacer si no estoy conforme con las explicaciones y propuesta de CaixaBank para buscar juntos soluciones?
En caso de disconformidad con esta decisión, puede plantear su reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, mediante escrito presentado en la dirección postal calle Alcalá, 48 – 28014, Madrid o de manera telemática a través de la Oficina Virtual en la Web del Banco de España (www.bde.es).»
¿Me corresponde la devolución de gastos, o no? Como reclamarlo?
Gracias, un saludo
Buenas tardes Carlos Marcos, si es cierto lo que te contesta la Caixa, los gastos no son reclamables. En el caso que se trate de una compraventa con subrogación sin que se modifiquen las condiciones del préstamo, se considera que el banco únicamente consiente el cambio de titularidad sin que saque ningún beneficio de la operación. De todos modos, lo pertinente sería comprobar las escrituras y verificar que no se cambiaron las condidciones.
Qué suele venir en la escritura si las condiciones cambiaron? Gracias y un saludo
Habitualmente el titulo de la escritura será algo así como «subrogación y ampliación», «subrogación y modificación de las condiciones» o «subrogación y novación». Adicionalmente, y lo relevante, es que se otorguen una serie de cláusulas, entre las cuales puede haber las de «ampliación» o «modificación de las condiciones».
En el caso que no aparezca ninguna modificación, se supone que la entidad únicamente consiente el cambio en la posición del deudor, con lo cual no tiene que soportar gasto alguno por la operación.
Hola,
Quisiera saber si puedo reclamar los gastos hipotecarios de una vivienda comprada en el año 2005 y vendida en el 2013, siendo mi vivienda habitual.
Posteriormente en el 2013 compré otra vivienda (es la que resido actualmente), siendo ahora ésta mi vivienda habitual.
Puedo reclamar los gastos de las dos hipotecas o sólo puedo reclamar la última??
Saludos
Buenas tardes Jordi, puedes reclamar por ambas hipotecas. Es indiferente que el préstamo esté cancelado o la finca haya sido transmitida a un tercero.
Buenas noches
Quisiera saber si puedo pedir la devolución de gastos de una hipoteca a la que me subrogué en 1997.
Por otra parte, si la vivienda está a nombre de una empresa, ¿se podría pedir la devolución de gastos de la hipoteca?
Muchas gracias
Hola Ángeles,
Gracias por tu consulta.
En cuanto a la subrogación en un préstamo hipotecario en 1997, es importante destacar que el prestatario que se subroga no paga los gastos de constitución de la hipoteca. Por esta razón, no estaría legitimado para reclamar la devolución de dichos gastos.
Respecto a la posibilidad de que una empresa solicite la devolución de los gastos hipotecarios, debo informarte que, según la normativa vigente, la protección en materia de gastos hipotecarios se aplica exclusivamente a consumidores y usuarios. Nuestra legislación define como consumidor o usuario a las personas físicas que actúan con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión. Por lo tanto, una empresa no puede acogerse a esta normativa para reclamar la devolución de los gastos hipotecarios.
Espero que esta información te haya sido de ayuda. Si tienes alguna otra pregunta o necesitas asesoramiento adicional, no dudes en contactarnos.
Buenos días:
El 1/5/24 he enviado por email la solicitud y la documentación (facturas, recibos, …) al banco por una hipoteca del 2006. Como bien dicen ustedes en la nota, prácticamente el mismo día respondieron negativamente con una carta estándar, incluso mintiendo (como que no se enviaron las facturas, recibos, etc.).
Estoy en Madrid y pienso continuar con el proceso. Desearía saber si ustedes pueden gestionarlo y el coste de la gestión.
Gracias, un saludo.
Buenas tardes Juan Carlos, puedes enviar exponiendo tu caso a admin@auris.legal y haremos un estudio de tu caso y una propuesta de honorarios.
Buenas noches, ya he enviado la documentación a su correo. Quedo a la espera. Cordial saludo.
Buenos días,
¿Los gastos hipotecarios de un escritura de préstamo hipotecario para rehabilitación de vivienda, firmada en 2009, podrían reclamarse?
En caso afirmativo, ¿podría solicitarse el reembolso del 50% de los gastos notariales y registrales?, ¿o el 100%?
Un saludo y muchas gracias.
Buenos días Romina Maria,
Gracias por tu consulta.
Los gastos hipotecarios de una escritura de préstamo hipotecario para la rehabilitación de una vivienda pueden reclamarse siempre que la vivienda rehabilitada se destine a ser la vivienda habitual del prestatario. Sin embargo, en el caso de que la vivienda rehabilitada se utilice para una actividad económica, como el arrendamiento, no sería aplicable la Ley de Consumidores y Usuarios, por no cumplirse el requisito de que el prestatario actúe con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.
En cuanto al reembolso de los gastos notariales y registrales, la jurisprudencia del Tribunal Supremo establece que se puede solicitar la restitución del 50% de los gastos notariales, pero no del 100%.
Buenas tardes,
yo tengo una escritura de novación de hipoteca en la que también pone que es subrogación. La promotora a la que compré la vivienda tenía un préstamo y yo lo acepté. Mi duda es si, al haber en la escritura cambios de condiciones, como el tiempo del préstamo, la cantidad solicitada y el cambio de intereses, esto se considera una novación y se puede solicitar la devolución de los gastos.
En la escritura pone que es una novación al principio y después también pone que es una subrogación.
Muchas gracias.
Un saludo
Buenas tardes Joanna. Con toda seguridad nos encontramos ante una escritura de subrogación con novación. Al cambiar las condiciones del préstamo debe considerarse que el banco es el principal interesado en su inscripción y registro, motivo por el cual te corresponde la devolución de los gastos injustamente abonados.
Buenas,mi hipoteca es de septiembre de 2019.
En la factura de la financiera aparecen gastos de tasación,registro,notaría,ITP y gestoría.
Entiendo que es una hipoteca establecida después de la nueva ley,pero necesito aclaración de si esos gastos son 50% comprador y banco o debiera de hacerse cargo el banco.
Muchas gracias
Buenos días Israel Maria,
Dado que tu hipoteca fue establecida en septiembre de 2019, está sujeta a la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. Según esta ley, la distribución de los gastos es la siguiente:
Gastos de tasación: Estos suelen ser a cargo del prestatario.
Gastos de registro: Deben ser asumidos por el banco.
Gastos notariales: Generalmente se reparten entre el banco y el prestatario; el banco asume los gastos de la escritura de préstamo hipotecario y el prestatario los de la escritura de compraventa.
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD): Este impuesto lo paga el prestatario, aunque el AJD sobre la hipoteca es asumido por el banco.
Gastos de gestoría: Según la ley, estos gastos deben ser asumidos por el banco.
Es importante revisar la cláusula correspondiente en tu contrato para verificar que se ajusta correctamente a la normativa vigente.
Buenos días, comencé una hipoteca en 2015 con la Caixa, en el 2019 la cambié al Banco Santander . En el 2017, hice una reclamación de gastos a la Caixa , la cual me fue denegada alegando que no me correspondían. Se podría volver a reclamar de nuevo?
Muchas gracias de antemano.
Buenos días Angela, Puedes volver a reclamar sin problema.
Buenos días, yo hice mi hipoteca con Banesto en el año 2007, y ahora es Santander, puedo reclamar los gastos?
Gracias